Crean Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira – Piura

  • Será un espacio de coordinación y concertación de todos los actores de una cuenca para promover el aprovechamiento sostenible del agua

(Lima, 15 de junio de 2011).- Hoy el Gobierno Peruano dio un paso importante en la gestión de los recursos hídricos al decretar la creación del primer Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca (CRHC). Se trata de la cuenca del Chira-Piura, creada a iniciativa del gobierno regional de Piura


Mediante Decreto Supremo Nº 006-2011-AG, publicado en el diario oficial El Peruano y con la rúbrica del presidente de la República, Alan García, la presidenta del Consejo de Ministros, Rosario Fernández, y del ministro de Agricultura, Jorge Villasante, se establece la creación de dicho consejo como órgano de naturaleza permanente integrante de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).



El Consejo será un espacio de participación, planificación, coordinación y concertación de todos los actores de la cuenca para promover el aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos de dicha zona.

Tendrá como una de sus funciones promover la participación activa de los gobiernos regionales y locales, la sociedad civil y de los usuarios del agua de la cuenca en la formulación, aprobación, implementación, seguimiento, actualización y evaluación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca.

El primer consejo de Recursos Hídricos estará conformado por un representante del Gobierno Regional de Piura, quien lo presidirá; el director de la Autoridad Administrativa del Agua (AAA) Jequetepeque - Zarumilla, en representación de la ANA; un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, representantes de los gobiernos locales, usuarios agrarios, usuarios no agrarios, colegios profesionales, universidades, comunidades campesinas y un representante del Proyecto Especial Chira-Piura.

La norma establece además el ámbito territorial del Consejo que estará conformado por las unidades hidrográficas del Chira-Piura.

La acreditación de los representantes del CRHC se efectuará por los titulares de las instituciones y organizaciones que lo conforman, ante el presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, en un plazo máximo de treinta días calendario, contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.










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