Se reactivará sector forestal y se espera alcanzar 300 millones de dólares en exportaciones de madera

  • Al 2030 se proyecta lograr, al menos, 2 millones de hectáreas reforestadas a través de las plantaciones forestales con fines comerciales.
  • Nuevo marco normativo impulsará la formalización y la legalidad mediante la simplificación de los procedimientos y promoción de  emprendimientos. 
  • Por primera vez, las comunidades nativas y campesinas tendrán ­voz y voto en la gestión forestal y de fauna silvestre

(Lima, 29 de setiembre de 2015).- Luego de cuatro años de consenso con la ciudadanía y los pueblos indígenas, el Estado peruano promulgó los reglamentos que permitirán la vigencia de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre N° 29763, que reconoce, por primera vez el importante rol de las comunidades nativas y campesinas al incorporar su participación en el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR).

            En ceremonia efectuada en el local de CITE MADERA de Villa El Salvador, el presidente, Ollanta Humala promulgó los cuatro reglamentos de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. En el acto también participaron ministros de Estado, la Directora Ejecutiva del SERFOR, Fabiola Muñoz, delegaciones internacionales, entre otros.

            Con la vigencia de la norma, se iniciará el proceso para implementar el Consejo Directivo de SERFOR, presidido por el Ministerio de Agricultura y Riego  (MINAGRI), e integrado por 12 representantes, de los cuales, cuatro son de las comunidades indígenas y campesinas de la amazonía (2), zona andina (1) y costa (1), tres de los gobiernos nacional, regional y local, y cuatro de las organizaciones de la sociedad civil.

            Este nuevo marco normativo fortalece la institucionalidad del sector forestal través del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR), cuyo ente rector es el SERFOR, que adscrito al MINAGRI, se encargará de coordinar, cooperar y colaborar con otras instituciones involucradas en la gestión.

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            Los cuatro reglamentos de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre N° 29763 responden a las necesidades y expectativas de la ciudadanía, los pueblos indígenas y el Estado para alcanzar una mejor gestión de los recursos:

1. Reglamento para la Gestión Forestal;
2. Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre;
3. Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en comunidades campesinas y comunidades nativas.
4. Reglamento para la Gestión de las Plantaciones Forestales y los Sistemas  
    Agroforestales

            El proceso estuvo a cargo del Grupo Intergubernamental liderado por el MINAGRI  a través del SERFOR y estuvo integrado por: el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Cultura, OSINFOR, CIAM, Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas y CEPLAN.

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POTENCIAR SECTOR FORESTAL

            Los bosques peruanos han sido y son fuente de trabajo para miles de personas que viven de sus recursos, quienes a partir de esta nueva normativa podrán mejorar su calidad de vida, a través de la formalización de sus actividades y garantizar el aprovechamiento sostenible de la flora y fauna silvestre. 

            Por su parte, el ministro de Agricultura y Riego, Juan Benites, expresó que se busca  visibilizar el valor de los bosques como importante capital natural que representa más del 60% del territorio nacional, por ello, el Ministerio de la Producción incorporó al sector forestal al Plan Nacional de Diversificación Productiva para posicionarlo como uno de los motores de la economía, en respuesta a los grandes retos globales como la lucha contra la deforestación y el cambio climático.

            La norma también promoverá las actividades de ecoturismo y los negocios de productos no maderables como harina de algarrobina, comercialización de orquídeas, aguaje en pulpa, aceite de ungurahui, tara, entre otros.

            Asimismo, se permitirá impulsar negocios forestales desde las comunidades nativas y campesinas en beneficio de sus familias y de todo el país, que podrán obtener mayores ingresos y mejorar la calidad de vida de sus familias.

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            En tal sentido, el ministro Benites dio a conocer que la legislación promulgada tras un proceso de consulta previa con los pueblos indígenas u originarios, promoverá la creación de 500,000 nuevos puestos de trabajo directos vinculados al impulso a las plantaciones forestales en tierras públicas y privadas, cuya meta al 2030 es de 2 millones de hectáreas en áreas deforestadas.

            Las normas permitirán impulsar la reactivación del sector que espera incrementar las exportaciones de productos maderables de US$150 millones a US $300 millones anuales (para el 2017), y reducir las importaciones en 50% al 2021 (en 6 años, podemos cosechar las primeras plantaciones).

            Del mismo modo, el MINAGRI expresó que la medida contribuirá a controlar la tala ilegal a través del fomento del mercado de madera legal, así como el impulso a iniciativas como  el Pacto Nacional por la Madera Legal (2015 hasta la certificación nacional al 100% al 2021).

            En la ceremonia el viceministro de Políticas Agrarias del MINAGRI, César Sotomator Calderón, calificó como histórica y trascendental la promulgación de los reglamentos de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que contribuirá a la mejora de la calidad de vida de las familias que viven del bosque.

            Finalmente, el MINAGRI reveló que el nuevo reglamento visibilizará el verdadero valor del bosque peruano con un enfoque integral, que más allá de ser proveedor de madera, brinda una serie de bienes, servicios y oportunidades.

            El Ministerio considera que una de las primeras acciones que producirá la legislación es que de las 10 millones de hectáreas deforestadas, por lo menos en el mediano plazo se contará con 2 millones de hectáreas reforestadas mediante plantaciones forestales con fines comerciales (2014 -2030).

 

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO

 

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