Nota Informativa

Los Ministerios de Comercio Exterior y Turismo, Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas, y Agricultura y Riego informan que se ha emitido el laudo arbitral que determina el plazo prudencial para que el Perú implemente la decisión adoptada por el Órgano de Solución de Diferencias de la Organización Mundial de Comercio (OMC), en el marco del procedimiento iniciado en el 2013 por la República de Guatemala sobre los derechos específicos resultantes del Sistema de Franja de Precios.
 
Al respecto, el laudo arbitral determina que el plazo prudencial para que el Perú implemente la decisión adoptada por el Órgano de Solución de  Diferencias es de 7 meses y 29 días, plazo que, conforme a la normativa de la OMC, se contabiliza a partir del 31 de julio de 2015.
 

Lima 16 de diciembre de 2015

 

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO

 

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