Camélidos sudamericanos

NORMATIVIDAD EN CAMÉLIDOS SILVESTRES


La normatividad nacional vigente que regula y controla las actividades de conservación y aprovechamiento de las especies vicuña y guanaco son las siguientes :

  • § Decreto Legislativo Nº 653 de 1991, Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario.
  • Ley Nº 26496, del año 1995, Régimen de propiedad, comercialización y§ sanciones por la caza de las especies vicuña, guanaco y sus híbridos.
  • DS Nº 007-96-AG, Reglamento de la Ley del Régimen de propiedad,§ comercialización y sanciones por la caza de las especies vicuña, guanaco y sus híbridos.
  • DS Nº 053-2000-AG, Facultan al Ministerio, a través del CONACS,§ entregar en custodia y usufructo hatos de vicuña y/o guanaco a personas naturales y jurídicas, distintas de comunidades campesinas
  • DS Nº 008-2004-AG, Modifican artículos del Reglamento de la Ley del§ Régimen de propiedad, comercialización y sanciones por la caza de las especies vicuña, guanaco y sus híbridos.


REPOBLAMIENTO DE CAMÉLIDOS SILVESTRES


Con la finalidad de que las Comunidades Campesinas altoandinas en situación de pobreza y con recursos productivos limitados tengan una oportunidad de desarrollo socioeconómico a través del aprovechamiento de la fibra, el Estado Peruano ha promovido la actividad de repoblamiento de vicuñas debidamente reglamentada y sujetas al marco jurídico nacional e internacional. En los últimos años se han favorecido a Comunidades Campesinas ubicadas en departamentos de La Libertad, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, y Cajamarca mediante la entrega de módulos poblacionales de 240 vicuñas (80% hembras y 20% machos). Para la planificación y ejecución de esta actividad se cuenta con un reglamento oficial el cual establece los procedimientos técnicos y administrativos (Convenio entre las partes) necesarios. CONACS es la entidad encargada de supervisar, aprobar y programar en forma oficial las actividades de repoblamiento de vicuñas y guanacos.